La unidad de gestión pensional y parafiscal más conocida como la UGPP es la entidad encargada de verificar que los empleadores y trabajadores independientes liquiden y paguen correctamente los aportes a seguridad social (salud, pensión y parafiscales).
Es muy importante que las empresas cumplan con estos aportes, ya que evadirlos tienen consecuencias sancionatorias que pueden afectarlas económicamente.
¿Cuáles son las sanciones que impone la UGPP?
Sanción por mora y omisión en los pagos
El porcentaje de la sanción varía por dos situaciones:
- Cuando la UGPP encuentra que no se realizaron los pagos correspondientes, la sanción corresponde a un 5% por cada mes o fracción de mes, hasta un máximo del 100%.
Por ejemplo, si los aportes que tenías que realizar eran por $1.000.000 la sanción corresponde a un 5% sobre este valor por cada mes o fracción de mes de retraso, más los intereses de mora. - Si a pesar de dichos requerimientos no se hace la declaración o pago, la sanción aumenta un 10% por cada mes o fracción de mes, hasta un tope máximo del 200%, más los intereses de mora.
Sanción por inexactitud
Se debe pagar una sanción cuando el empleador se equivoca y declara menos de lo que debía.
- La UGPP notifica cuando encuentra errores y si el aportante corrige dentro del plazo, debe pagar una sanción del 35% sobre la diferencia entre lo declarado inicialmente y el valor corregido.
Por ejemplo si se debía pagar $1.000.000 y solo se canceló $700.000, deberás cancelar un 35% por la diferencia, es decir sobre los $300.000 que no se aportaron. - La sanción aumenta si incumples el pago y no acatas la notificación de la UGGP. En este caso el porcentaje aumenta al 60% sobre la diferencia entre el valor a pagar y el inicialmente cancelado.
Sanción por no reportar información
La UGPP puede solicitar información o pruebas sobre los aportes que estás realizando, si no se suministra la información a tiempo o se hace de manera incompleta, te sancionarán por cada mes o fracción de mes que pase, de acuerdo con la siguiente tabla:
Número de meses o fracción de mes en mora | Número de UVT a pagar |
---|---|
Hasta 1 | 30 |
Hasta 2 | 90 |
Hasta 3 | 240 |
Hasta 4 | 450 |
Hasta 5 | 750 |
Hasta 6 | 1200 |
Hasta 7 | 1950 |
Hasta 8 | 3150 |
Hasta 9 | 4800 |
Hasta 10 | 7200 |
Hasta 11 | 10500 |
Hasta 12 | 15000 |
Esta sanción se puede reducir si se entrega la información solicitada por la UGPP en los plazos establecidos por la entidad, así, pagar el 10% de la sanción si se entrega y cancela antes de 4 meses, un 20% si se entrega y cancela antes del octavo mes y un 30% cuando se entrega y cancela entre el octavo y el doceavo mes.